1.- ÁREA DE IDENTIFICACIÓN
1.1.- Código de referencia
ES 41-229 AME/05
1.2.- Título
Archivo de la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos y de la Cámara Agraria Local de Écija.
1.3.- Fecha(s)
1943-2006.
1.3.1.-Observaciones a las fechas
Las competencias de la Cámara Agraria Local de Écija fueron asumidas a partir de 1996 por la Oficina Comarcal Agraria “La Campiña”, que continuó transcribiendo datos en fichas y libros abiertos por la Cámara, lo que explica la fecha final de 2006.
1.4.- Nivel de descripción
Fondo.
1.5.- Volumen de la unidad de descripción
3,41 ml = 31 cajas de archivo en formato normalizado.
Contiene: 34 legajos y 11 libros.
2.- ÁREA DE CONTEXTO
2.1.- Nombre del productor o coleccionista
Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Écija / Cámara Agraria Local de Écija.
2.2.- Historia institucional o biografía
Las primeras asociaciones de agricultores y ganaderos en Écija surgieron a finales del siglo XIX, en virtud de la promulgación de la Ley General de Asociaciones de 1887, pasando a ser consideradas sindicatos agrícolas a raíz de la promulgación de la Ley de 28 de enero de 1906.
Desde fines del siglo XIX y hasta la instauración del régimen franquista, el asociacionismo del sector agrario ecijano se reflejó en la constitución de un buen número de asociaciones. Entre ellas, la Sociedad de Obreros Hortelanos “La Defensa del Trabajo” (llamada más tarde “El Progreso”), la Sociedad de Pequeños Agricultores, la Sociedad de Obreros Agricultores “El Porvenir”, la Sociedad de Agricultores “La Paz”, la Asociación Patronal Agraria, el Sindicato Agrícola Católico de Écija, etc.
Inscrita en esta corriente, se funda el 16 de julio de 1918 la Cámara Agrícola Oficial de la ciudad de Écija, declarada oficialmente constituida por Real Decreto de 20 de diciembre del mismo año, que en 1924 contaba con un centenar de socios. Esta Cámara acabaría integrada en la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Écija, el único sindicato oficial que agrupó a todo el sector durante la Dictadura franquista y que estuvo sujeta a la acción política y coordinadora de la Delegación Nacional de Sindicatos de Falange Española Tradicionalista de las JONS.
Consta documentalmente que en Écija ya existía una agrupación en 1942 denominada Hermandad de Labradores y Ganaderos, nacida al amparo de la Ley de Unidad Sindical de 26 de enero de 1940, de la Ley de 6 de diciembre de 1940 de Bases de la Organización Sindical, de la Ley de 2 de septiembre de 1941 (que derogó la Ley de Sindicatos Agrícolas de 1906) y de la Circular número 20 de la Delegación Nacional de Sindicatos (del 20 de abril de 1942).
Con sede en calle María Guerrero 3, donde se hallaban establecidas las oficinas de la Delegación Comarcal de Sindicatos, se hallaba presidida la referida Hermandad por Lorenzo Ostos Pérez de Mena, y en marzo de 1943 estaba celebrando reuniones con el fin de adaptar las ordenanzas generales de esta clase de organismo a la agrupación y adquirir personalidad jurídica, una vez aprobadas por la superioridad.
Tras su constitución oficial, la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Écija pasó pronto a compartir sede con la propia Falange en la casa nº 4 de la Plaza de Santa María, donde se mantendría hasta que en 1964 promoviera la construcción de una Casa Hermandad en calle Emilio Castelar esquina a calle Jesús sin Soga.
Por Orden de la Presidencia de 23 de marzo de 1945 se aprobaban las normas que habían de regir la estructura interna y funciones de las Hermandades Sindicales del campo, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Unidad Sindical Agraria de 14 de julio de 1944. Por esa Orden se otorgaban plenas facultades a las Hermandades, que articulaban la representación y disciplina de los intereses económico-sociales del agro español, erigiéndose éstas en instituciones fundamentales de promoción rural, al desarrollar funciones de orden social, económico, asistencial, comunal y de asesoramiento y colaboración con el Estado para la mejora del sector agrario. Para el más efectivo ejercicio de sus funciones, el 20 de julio de 1956 se crea en el seno de la Hermandad de Écija una Sección de Crédito Agrícola, a fin de facilitar préstamos con el módico interés establecido para estos empréstitos por el Ministerio de Agricultura.
Con el advenimiento de la democracia y la libertad sindical, se desmonta el sindicalismo vertical. En aplicación del Real Decreto 1336/1977, de 2 de junio, fue suprimida la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Écija y creada la Cámara Agraria Local de la referida ciudad.
En el preámbulo del referido Real Decreto 1336/1977, de 2 de junio, de Cámaras Agrarias, se decía que era conveniente crear, como órganos de consulta y colaboración con la Administración, entidades de derecho público de carácter no sindical y de ámbito territorial, sin perjuicio del ejercicio de la libertad sindical y del derecho de organización libre de los trabajadores y empresarios del campo. Sus funciones, aparte de esa genérica de consulta y colaboración, se centrarían en la prestación de servicios o la gestión de asuntos de interés general para las comunidades agrarias. Las Cámaras Agrarias se subrogarían además la titularidad de los bienes y derechos de las anteriores Hermandades Sindicales.
La entrada en vigor del Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, supuso la extinción de la Cámara Agraria Local de Écija. Muchas de sus funciones serían asumidas por la Oficina Comarcal Agraria “La Campiña”, que, por Orden de 26 de diciembre de 1997 de la referida Consejería, quedó oficialmente establecida en Écija como servicio periférico de la Delegación Provincial de Agricultura y con ámbito territorial que abarca a esta ciudad y a las localidades de La Campana, Fuentes de Andalucía, La Luisiana, Marinaleda, El Rubio y Cañada Rosal.
2.3.- Historia archivística
Desde su constitución este fondo fue custodiado por sus propios productores, sufriendo los avatares de los sucesivos cambios domiciliarios: de calle María Guerrero 3 a Plaza de Santa María 4 en los años 40 del siglo XX; luego a calle Emilio Castelar esquina a Jesús sin Soga en 1964; y en 1996 a calle Mayor 8A, donde fue establecida la Oficina Comarcal Agraria “La Campiña”. Los descontrolados traslados del Archivo han ocasionado cuantiosas pérdidas documentales, hallándose muy incompleto el fondo conservado.
La organización, custodia y servicio del Archivo de la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos y de la Cámara Agraria Local de Écija es competencia del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad desde su depósito en el Archivo Municipal de la referida localidad en marzo de 2021.
2.4.- Forma de ingreso
Cedido en depósito por la Oficina Comarcal Agraria “La Campiña” al Archivo Municipal de Écija con fecha 10 de marzo de 2021.
3.- ÁREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURA
3.1.- Alcance y contenido
El Archivo se compone de la documentación generada por la antigua Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos y por la Cámara Agraria Local de Écija, aunque ha llegado muy incompleto, desconociéndose el paradero de gran parte de la documentación del que debió ser un voluminoso fondo. No obstante la documentación conservada aporta información precisa sobre la historia de la institución y variados temas relacionados con la propiedad, asociacionismo y actividad agropecuaria de la localidad.
3.2.- Valoración, selección y eliminación.
Toda la documentación que constituye el fondo es de conservación permanente.
3.3.- Nuevos ingresos.
No se prevé transferencia alguna.
3.4.-Organización.
La organización del fondo, partiendo de un escrupuloso respeto al principio de procedencia, se ha concretado en la clasificación del mismo y en su correspondiente descripción. Hemos optado por una clasificación funcional, donde se distinguen con claridad los cuatro ámbitos competenciales de la institución:
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Signatura | ||
| 1 |
GOBIERNO |
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| 1.1 |
Pleno |
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| Actas Cámara Agraria Local (1978-1988) |
1 |
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| Estatuto de la Cámara Agraria Local (1979) |
2 |
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| 2 |
ADMINISTRACIÓN |
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| 2.1 |
Secretaría |
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| Certificados de actas (1971-1988) |
3 |
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| Correspondencia (1962-1993) |
4 |
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| Memorias, estadísticas y cuestionarios (1949-1996) |
5 |
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| 2.2 |
Registro General |
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| Libros registro de entrada de documentos (1978-1999) |
6-9 |
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| Libros registro de salida de documentos (1980-1999) |
10-13 |
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| 2.3 |
Patrimonio |
|
|
| Inventario de bienes inmuebles, muebles, valores y enseres (1954-1979) |
14 |
||
| Títulos de propiedades (1964-1988) |
15 |
||
| Expediente de embargo (1985-1990) |
16 |
||
| 2.4 |
Personal |
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|
| Expedientes personales (1943-1993) |
17 |
||
| TC1 del personal contratado en silos (1987-1988) |
18 |
||
| 3 |
SERVICIOS |
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| 3.1 |
Grupos sindicales de Colonización / SAT |
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| Expedientes de constitución. Estatutos (1963-1992) |
19 |
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| 3.2 |
Control de explotaciones |
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| Declaraciones juradas de superficies cultivadas (1968-2006) |
20-36 |
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| Solicitudes de inclusión en el censo laboral agrario (1952-1958) |
37-40 |
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| 3.3 |
Seguridad Social Agraria |
|
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| Libro registro de la cartilla profesional agrícola (1952-1959) |
41 |
||
| Relación nominal de cotizantes agropecuarios a la Seguridad Social (1958) |
42 |
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| 4 |
HACIENDA |
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| 4.1 |
Intervención |
||
| Presupuestos y liquidaciones presupuestarias (1986-1993) |
43 |
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| 4.2 |
Financiación y tributación |
|
|
| Documentos varios de gestión tributaria (1961-1993) |
44 |
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| 4.3 |
Tesorería |
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|
| Libro de cuenta corriente bancaria (1987) |
45 |
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En la inventariación practicada, es además necesario puntualizar que, al tratarse de un fondo poco voluminoso, hemos aplicado una numeración única corrida a las unidades de instalación, independientemente de su formato en libro o en legajo, y que todas han sido incluidas en cajas normalizadas de archivo para su mejor conservación.
4.- ÁREA DE CONDICIONES DE ACCESO Y USO
4.1.- Condiciones de acceso
El régimen de acceso y consulta se halla regulado por la ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOJA núm. 222 de 11 de noviembre de 2011) y por la legislación vigente en materia de protección de datos y transparencia. Algunos documentos pueden contener datos personales de acceso restringido, pero tal restricción se levantará a los 50 años de la fecha del documento, en aplicación de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español.
4.2.- Condiciones para reproducción
La reproducción está sujeta al estado de conservación de los documentos y regulada en la ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOJA núm. 222 de 11 de noviembre de 2011) y por la legislación vigente en materia de protección de datos y transparencia.
4.3.- Lengua y escritura
Español.
4.4.- Características físicas y requisitos técnicos
La documentación se halla en su mayor parte bien conservada.
4.5.- Instrumentos de descripción
–Guía ISAD (G).
–Inventario (inédito, disponible en sala de consulta e investigación).
5.- ÁREA DE DOCUMENTACIÓN ASOCIADA
5.1.- Existencia y localización de documentos originales
Se trata de documentos originales.
5.2.-Existencia y localización de copias
No existen copias.
5.3.- Unidades de descripción relacionadas
Principalmente la subsección de Agricultura y Ganadería del Archivo Municipal de Écija.
5.4.- Bibliografía sobre el fondo o colección
No consta al día de hoy publicación alguna sobre este fondo ecijano.
6.- ÁREA DE NOTAS
6.1.- Observaciones
Los datos ofrecidos sobre la historia de la Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos de Écija se han obtenido de la prensa local ecijana.
7.- ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCIÓN
7.1.- Nota del Archivero
Descripción realizada por Marina Martín Ojeda, Archivera Municipal de Écija.
7.2.- Reglas o normas
CONSEJO INTERNACIONAL DE ARCHIVOS. ISAD (G). Norma Internacional General de Descripción Archivística. Madrid: Subdirección de los Archivos Estatales, 2000.
7.2.- Fecha de la descripción
15-IV-2021
